Nuestra Institución

Misión

Brindar a la ciudadanía servicios públicos registrales de calidad, con eficiencia, oportunidad y celeridad, que garanticen la seguridad jurídica de la información, en post de contribuir al desarrollo social y económico.

Visión

El Registro de la Propiedad del Cantón Gualaceo, hasta el 2024, será un referente regional en la entrega de servicios registrales de excelencia, implementando nuevas tecnologías, que le permitirán brindar servicios digitales que satisfagan las exigencias de los usuarios.

Valores

Puntualidad

Compromiso

Honestidad

Imparcialidad

Objetividad

Profesionalismo

Respeto

Responsabilidad

Transparencia

Objetivos y Principios

Objetivos

1. Mejorar la capacidad de respuesta institucional mediante la implementación de servicios en línea, permitiendo a los usuarios poder realizar trámites sin necesidad de acudir a las oficinas del RPCG.

 

2. Contar con un edificio propio, mediante el diseño de una infraestructura funcional orientada a mejoramiento de los procesos institucionales

 

3. Incrementar el desarrollo del talento humano y el valor del servicio público, mediante la renovación de la cultura de planificación, de gestión del conocimiento y de infraestructura tecnológica, a fin de potenciar las capacidades técnicas y conductuales.

 

4. Incrementar los ingresos del RPCG a través de un análisis de los valores del portafolio de productos y la actualización de la tabla de aranceles, así como el uso eficiente de los recursos, para garantizar la estabilidad financiera.

Principios Registrales

a) Principio de Seguridad Jurídica.-  Se verificará la legalidad, validez y cumplimiento de requisitos exigidos, de todo instrumento público o privado, del cual se solicita la inscripción para garantizar la seguridad jurídica.

b) Principio de Publicidad.-  La información que reposa en los archivos del Registro de la Propiedad, es de carácter público, a la misma que tendrá acceso toda persona, sin discriminación alguna, con las limitaciones descritas en la Constitución, de tal forma que cualquier interesado puede corroborar su transparencia.

c) Principio de Prelación.-  Se establecerá con claridad la prioridad con determinación de fecha y hora de ingreso de todo documento público o privado, evitando así la controversia de ingresos de documentos que versen sobre un mismo inmueble.

d) Principio de tracto sucesivo: Ninguna inscripción se llevará a cabo sin que previamente esté inscrito o se inscriba el derecho de donde provenga.

e) Principio de especialidad: Cada inscripción se efectuará en partidas separadas, con la finalidad de individualizar los derechos inscritos en relación a los bienes y a las personas, dando claridad al Registro.

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